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Un decreto o decreto ley, en general, es una norma con rango de ley, emanada del poder ejecutivo, sin que tenga la medida de intervención o una autorización previa de un Congreso o Parlamento.[1]
Este tipo de norma puede estar contemplada en el propio ordenamiento jurídico para ser dictada en determinados casos, en virtud de razones de urgencia —que impiden, por ejemplo, obtener la autorización para un decreto legislativo o la dictación de una ley propiamente tal—, aunque requieren de convalidación por parte del poder legislativo, habitualmente en un plazo breve. En los países cuya forma de gobierno es la monarquía parlamentaria esta norma se denomina Real Decreto Ley, debido a que la norma reglamentaria de mayor rango emitido por el poder ejecutivo en esos sistemas recibe el nombre de Real decreto; así ocurre, por ejemplo en España.
Igualmente, se denomina decreto ley a las normas con rango legal, dictadas por un gobierno de facto.