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Exequatur[1] o execuátur[2][3] (literalmente, «ejecútese»)[1] es el conjunto de reglas conforme a las cuales el ordenamiento jurídico de un Estado verifica si una sentencia judicial emanada de un tribunal de otro Estado reúne o no los requisitos que permiten reconocimiento u homologación.
De la misma forma se denomina a la autorización que otorga un jefe de Estado a agentes extranjeros para que en su territorio puedan ejercer funciones propias de sus cargos (execuátur consular; véase cónsul); y, asimismo, en el contexto de las relaciones Iglesia-Estado propias del Antiguo Régimen, era el término utilizado para designar el pase que daba la autoridad civil de un Estado a las bulas y otras disposiciones pontificias para que fueran observadas dentro de su territorio (pase regio o regium exequatur; véase patronato regio).[1]