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El Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito (FGD) es un fondo, en España, financiado por los bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito para cubrir las pérdidas de los depositantes en caso de insolvencia de alguna entidad financiera.[2]
En caso de quiebra de una entidad quedarán garantizados los fondos depositados hasta 100.000 euros por cada titular y cada entidad. Por otro lado, con respecto a valores o instrumentos financieros alcanzará como máximo la cuantía de 100.000 euros y es independiente de los depósitos garantizados dinerarios.