acrecer - significado y definición. Qué es acrecer
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Qué (quién) es acrecer - definición

Derecho de acrecer; Derecho de acrecimiento
Resultados encontrados: 162
acrecer      
verbo trans.
Aumentar. Se utiliza también como intransitivo y pronominal.
verbo intrans.
Derecho. Se dice del aumento que, con ocasión de perder o renunciar algún partícipe su cuota, corresponde a los demás. Se utiliza también como pronominal.
acrecer      
acrecer      
verbo intrans.
     Derecho.
Se dice del aumento que, con ocasión de perder o renunciar algún partícipe su cuota, corresponde a los demás.
acrecer      
acrecer (del lat. "accrescere") intr. Der. Aumentar la parte correspondiente a alguien en un *reparto, por renuncia o pérdida de derecho de otro participante. *Adquirir.
V. "derecho de acrecer".
. Conjug. como "agradecer".
Derecho a acrecer         
El derecho a acrecer es la facultad que se da en Derecho de sucesiones a los demás herederos a acrecentar su herencia añadiendo parte de la de otro heredero que previamente renunció a tomar su parte. En ese caso, el porcentaje de la herencia que no ha sido aceptado deberá repartirse entre el resto de herederos.
derecho de acrecer         
Derecho.
Derecho de uno o varios coherederos o colegataríos a la porción o parte de la herencia que otro u otros renuncian o no pueden adquirir. En los cabildos de las iglesias, donde se gana y distribuye la renta según las asistencias personales de sus prebendados o ministros, derecho que los que asisten a las horas canónicas u oficios divinos tienen a percibir la parte de renta que pierden los que no asisten a los oficios.
derecho de acrecer         
term. comp.
Derecho. Derecho de uno o varios coherederos o colegataríos a la porción o parte de la herencia que otro u otros renuncian o no pueden adquirir. En los cabildos de las iglesias, donde se gana y distribuye la renta según las asistencias personales de sus prebendados o ministros, derecho que los que asisten a las horas canónicas u oficios divinos tienen a percibir la parte de renta que pierden los que no asisten a los oficios.
crecer      
verbo intrans.
1) Tomar aumento natural los seres orgánicos. Aplicado a personas, se dice principalmente de la estatura.
2) Recibir aumento una cosa por añadírsele nueva materia.
3) Adquirir aumento algunas cosas.
4) En las labores de punto, ir añadiendo puntos regularmente a los que están prendidos en la aguja, para que resulte aumentado su número en la vuelta siguiente.
5) Hablando de la Luna, aumentar la parte iluminada del astro visible desde la Tierra.
6) Hablando de la moneda,aumentar su valor.
verbo prnl.
Tomar uno mayor autoridad, importancia o atrevimiento.
Crecimiento      
El crecimiento es un fenómeno biológico complejo, y representa una parte vital en el desarrollo normal de todos los niños. El crecimiento es especialmente rápido en la niñez, y especialmente durante el primer año de vida; en este tiempo puede triplicarse el peso en relación con el peso al nacer, y también se produce un aumento del 50\% en longitud.

decrecer      
decrecer (del lat. "decrescere") intr. Hacerse menor en tamaño, cantidad, intensidad o importancia, por pérdida progresiva de esas cualidades: "El río ha decrecido esta noche. Su importancia decrecerá con el tiempo. La fiebre ha decrecido en las últimas horas". Aminorar, *disminuir, menguar.

Wikipedia

Derecho a acrecer

El derecho a acrecer es la facultad que se da en Derecho de sucesiones a los demás herederos a acrecentar su herencia añadiendo parte de la de otro heredero que previamente renunció a tomar su parte. En ese caso, el porcentaje de la herencia que no ha sido aceptado deberá repartirse entre el resto de herederos.

En España está regulado en los artículos 981 a 987 del Código Civil. En Argentina lo encontrabamos regulado en el Libro Cuarto, Sección primera, Título XVIII del derogado Código Civil de Vélez (Arts. 3810 al 3823). A su vez, se encontraba mencionado en los arts. 1798, 2084, 2823 y 3718. En Chile está establecido en el artículo 1147, y otros como por ejemplo, en los artículos 750 (en materia de fideicomisos) y 780 (usufructos) del Código Civil. En Perú esta regulado en los artículos 774,775,776,777 del Título VII del código civil(derecho de acrecer). El derecho de acrecer tendrá también lugar entre los legatarios y los usufructuarios en las mismas condiciones que los herederos, artículo 987 del Código Civil.

¿Qué es acrecer? - significado y definición