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Se denomina complemento circunstancial, a la función sintáctica desempeñada por un sintagma adverbial, por un sintagma nominal o por un sintagma preposicional, que señale alguna circunstancia semántica de tiempo, lugar o modo al verbo del que es complemento. A veces incluso cantidad, causa o finalidad de alguna acción.
Todos esos sintagmas se pueden sustituir entre ellos, conmutar o reemplazar: el adverbio o sintagma adverbial por un sintagma preposicional, y el sintagma preposicional por un adverbio o sintagma adverbial. Sin embargo, de ningún modo, un sintagma adverbial o adverbio puede sustituirse por un sintagma preposicional constituido por preposición más pronombre tónico, ya que en ese caso se trataría de un complemento de régimen o suplemento, ya sea suplemento directo (sin complemento directo) o suplemento indirecto (con complemento directo).
Algunos sintagmas nominales pueden funcionar como complementos circunstanciales: "Vendré el lunes". Sin embargo, se pueden sustituir por sintagmas preposicionales: "Vendré en el lunes", "durante el lunes". Por otra parte, algunos complementos del nombre pueden semánticamente indicar espacio y tiempo, nociones propias de complementos circunstanciales del verbo, por lo general de tiempo o lugar: "El armario del rincón está colocado en el rincón". Así pues, las clasificaciones del complemento circunstancial resultan ser más semánticas que sintácticas y funcionales y por tanto pueden inducir a error y confusión.