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La ciudadanía italiana (en italiano, cittadinanza italiana) es otorgada, sin límite de generaciones, a los descendientes de los italianos emigrados a través del ius sanguinis (derecho de sangre). La cantidad de posibles ciudadanos italianos, de acuerdo a este criterio, duplica en número a la actual población del territorio de la República Italiana.
Se determina por filiación y solo por excepción de otras motivaciones, por ejemplo: la mujer italiana o hija de un hombre italiano, solo transmite la nacionalidad a sus hijos nacidos después del 1 de enero de 1948. Otro ejemplo, si un ciudadano italiano adquiere otra nacionalidad renunciando expresamente a la italiana antes del 16 de agosto de 1992 y, posteriormente a la fecha de naturalización tiene un hijo o hija, ese descendiente no es italiano, puesto que en el momento de nacer, su padre habría perdido su nacionalidad. Contrariamente, si el ciudadano italiano tiene un hijo o hija y con posterioridad al nacimiento se naturaliza, y todo eso ocurre antes de 16 de agosto de 1992, el hijo es italiano, pero su padre al tomar otra nacionalidad no.