La expresión "acreedor ordinario" actúa como un sustantivo en el ámbito legal.
[a.kɾeˈðoɾ oɾðiˈnaɾio]
Un "acreedor ordinario" se refiere a una persona o entidad que tiene un derecho de crédito sobre una deuda que no está garantizada con un activo específico. Este tipo de acreedor suele estar en una posición secundaria en términos de prioridad para el pago en caso de quiebra o liquidación. La expresión es comúnmente utilizada en contextos legales y financieros.
En cuanto a su frecuencia de uso, "acreedor ordinario" es más prevalente en contextos escritos, tales como documentos legales, contratos y textos académicos en derecho, que en el habla oral.
"El acreedor ordinario debe esperar hasta que se paguen las deudas garantizadas."
"The ordinary creditor must wait until secured debts are paid."
"Los derechos del acreedor ordinario son limitados en comparación con los acreedores asegurados."
"The rights of the ordinary creditor are limited compared to secured creditors."
"En un proceso de quiebra, el acreedor ordinario recibe lo que queda después de saldar las deudas prioritarias."
"In a bankruptcy proceeding, the ordinary creditor receives what is left after priority debts are settled."
Aunque "acreedor ordinario" no se usa comúnmente en expresiones idiomáticas, podemos ver otros términos relacionados que a menudo aparecen en contextos legales:
"Derecho de crédito" se usa para describir el derecho que tiene un acreedor.
"Credit right refers to the right a creditor has."
"Acreedor preferente" designa a aquellos acreedores que tienen prioridad en el cobro.
"Preferred creditor designates those creditors who have priority in collection."
"Deuda exigible" se refiere a una deuda que debe pagarse sin demora.
"Demandable debt refers to a debt that must be paid without delay."
La palabra "acreedor" proviene del latín "accredo", que se traduce como "creer", y se relaciona con el acto de tener derecho a recibir un pago o un bien. "Ordinario" proviene del latín "ordinarius", que significa "normal, común".
Sinónimos: - Deudor no asegurado - Acreedor común
Antónimos: - Acreedor garantizado - Acreedor privilegiado - Acreedor asegurado
La expresión "acreedor ordinario" es un término fundamental en el ámbito del derecho de deudas, ya que establece un entendimiento sobre las diferentes clases de acreedores y sus derechos dentro de contextos financieros y legales.