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El abatimiento es, en navegación marítima, el desvío de una nave respecto al rumbo inicial motivado por la acción del viento sobre la estructura u obra muerta de la embarcación.
En navegación aérea no se aplica el término abatimiento porque el avión está inmerso dentro del medio de sustentación que es el aire como tampoco tendría abatimiento un submarino por la misma razón. Con un viento de través o cruzado, el avión experimenta una deriva que debe ser compensada mediante una corrección del rumbo.
En navegación marítima, el abatimiento provoca un desvío del rumbo del buque debido al viento, mientras que la deriva es el desplazamiento lateral de la nave debido al efecto de la corriente sobre la obra VIVA del barco. Se puede expresar el abatimiento como diferencia angular entre el rumbo verdadero (Rv) y el rumbo resultante llamado rumbo de superficie (Rs). Esta diferencia angular es denominada con la abreviatura (Ab) y tendrá signo positivo si es a estribor y signo negativo si es a babor. Los signos del valor de Ab se tendrán en cuenta a la hora de introducirlos en los cálculos.
Con ello podremos efectuar la corrección al rumbo para compensar el efecto del viento. Se mide con respecto a la dirección de la línea de crujía en sentido semicircular es decir a estribor o babor.
Observamos en el gráfico adjunto, que la "corriente de aire" (se debe decir "el viento") provoca un abatimiento a estribor pero para que el velero pueda seguir el rumbo que le llevará al destino, ahora denominado Rs (el cual coincide con el rumbo sobre fondo en ausencia de corrientes marinas), recorerrá la trayectoria en azul, pero con su proa orientada al Rv (en rojo), es decir, se desplazará de lado.