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Se denomina enfermedad profesional a aquella enfermedad adquirida en el puesto de trabajo de un trabajador por cuenta ajena. Dicha enfermedad está declarada como tal por la ley o el resto del Derecho. Son ejemplos la neumoconiosis, la alveolitis alérgica, la lumbalgia, el síndrome del túnel carpiano, la exposición profesional a gérmenes patógenos y diversos tipos de cáncer, entre otras.[1]
En países como España , Argentina o El Salvador a efectos legales, se conoce como enfermedad profesional aquella que, además de tener su origen laboral, está incluida en una lista oficial publicada por el Ministerio de Trabajo y da, por tanto, derecho al cobro de las indemnizaciones oportunas.[2]
La disciplina dedicada a su prevención es la higiene industrial;[3] la medicina del trabajo se especializa en la curación y rehabilitación de los trabajadores afectados, y la ergonomía y psicosociología se encarga del diseño productivo de los ambientes de trabajo para adaptarlos a las capacidades de los seres humanos.
Las enfermedades profesionales, junto con los accidentes de trabajo, se conocen como contingencias profesionales, frente a las contingencias comunes (enfermedad común y accidente no laboral). En España, CC.OO., consideró e su campaña informativa "Tu salud no está en nómina" que las doce enfermedades más comunes que requieren más información preventiva son las siguientes: estrés térmico, silicosis, asbestosis, enfermedades causadas por exposición a agentes químicos, enfermedades de la voz, enfermedades respiratorias, enfermedades infeccionas, dermatitis y alergias, cáncer de origen laboral, hipoacusia, enfermedades osteomusculares y el estrés laboral.[4]