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Los votos monásticos, votos religiosos o votos canónicos son los votos o promesas que distinguen a un religioso de un seglar dentro de la Iglesia católica.[1] Mediante ellos se pretende acceder a una vía espiritual a la salvación a través de la renuncia de placeres terrenales. Los votos son tres: pobreza, obediencia y castidad. Imitan, en el religioso, la vida de Jesucristo, según los consejos evangélicos.
Obligarse a cumplir los votos es profesar (profesión religiosa),[2] y el que lo hace deja de ser novicio para ser profeso.[3] Existen varios grados en esa profesión de votos: hay una profesión simple o temporal ("votos simples") y una profesión solemne o perpetua ("votos solemnes").
La expresión concreta de los votos difiere según las órdenes religiosas. Entre los benedictinos y cartujos los votos se consideran comprendidos en la conversio morum o conversatione morum ("conversión de costumbres", o "vida monástica": promittat de stabilitate sua et conversatione morum suorum et oboedientia -"su estabilidad, vida monástica y obediencia"-, capítulo 58 de la Regla de San Benito De disciplina suscipiendorum fratrum, que se titula en la versión castellana "El modo de recibir a los hermanos").[4] Los dominicos los consideran comprendidos en el voto de obediencia, que es el único que pronuncian explícitamente al profesar.[5] Algunas órdenes añadieron un cuarto voto: los hospitalarios el de atención a los enfermos, los mercedarios el de redención de cautivos; los jesuitas el de obediencia especial al papa;[6] los salesianos el de apostolado en los jóvenes, las misioneras de la caridad el de servicio a los pobres, etc. Otras prácticas piadosas o penitenciales, como el denominado voto de silencio, no son en realidad votos monásticos exigidos en ninguna regla. En esa forma (de forma privada), como todo tipo de promesas hechas con cualquier propósito (habitualmente propiciatorias con la esperanza de recibir de Dios una gracia particular), pueden ser ofrecidos incluso por los seglares (peregrinaciones, ayunos, mortificaciones u ofrendas —algunas de ellas denominadas exvotos—). Los votos emitidos de forma pública están restringidos por las regulaciones del Derecho canónico, por lo que se denominan "votos canónicos".
Históricamente los votos monásticos tuvieron una marcada función: implicar extraordinariamente al monje en la sociedad feudal y del Antiguo Régimen, y proporcionar claros valores a esa sociedad.[7] La identificación entre clero y nobleza como privilegiados, y el papel clave de los votos, era evidente en el momento de su supresión durante la Revolución Francesa, y se explicitó en los debates de la Asamblea (decreto del 13 de febrero de 1790).[8] Lo mismo ocurrió en los casos español e hispanoamericano.[9] La reforma protestante proclamó la inutilidad de los votos para la salvación (de hecho, de cualquier mérito de las obras más allá de la justificación por la fe) y en los países donde se impuso se suprimieron, con las órdenes religiosas, desde el siglo XVI. El efecto de este cambio religioso sobre el cambio social y económico hacia el capitalismo y la sociedad industrial ha sido objeto de debate intelectual.[10]