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Oidor era la denominación de los jueces miembros de las Reales Audiencias o Cancillerías, tribunales colegiados originarios de Castilla, que se convirtieron en los máximos órganos de justicia dentro del Imperio español. Su nombre proviene de su obligación de escuchar (oír) a las partes en un proceso judicial, particularmente durante la fase de alegatos.